El TSJA confirma la sanción de 400.000 euros contra Glovo

Fecha: 22 Sep 2022

La Sala de lo Social del TSJA ha desestimado el recurso de suplicación presentando por Glovo, ante la sentencia del Juzgado de lo Social Nº5 de Zaragoza que confirma la laboralidad de 329 los ‘riders’ en el periodo 2016-2018. De esta manera se validan de nuevo las cuatro actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social 2018 levantadas por la Inspección de Trabajo de Zaragoza contra la compañía, por valor de 400.000 euros.

El fallo judicial repite los mismos argumentos jurídicos utilizados en diferentes sentencias sobre esta materia, determinando que los trabajadores de esta, y otras plataformas digitales de reparto, nunca deberían haber sido contratados como autónomos, por lo que han estado contratados en fraude de Ley. Asimismo, el fallo judicial, con argumentos jurídicos anteriores a la denominada ‘Ley Rider’, plantea que la Sentencia se basa fundamentalmente en las actas de liquidación de cuotas a la Seguridad Social levantadas por la Inspección de Trabajo de Zaragoza, que las mismas gozan de presunción de legalidad y certeza, reconociéndose el esfuerzo que hizo la Inspección de Trabajo para documentarse y entrevistarse con decenas de trabajadores.

UGT, que se ha personado en toda España en todos los procedimientos judiciales que se han seguido contra las plataformas digitales de reparto, celebra esta sentencia, que hace pagar a Glovo por sus graves incumplimientos en materia laboral y defraudar a la Seguridad Social.

Pese a las repetidas sentencias judiciales, sanciones, y pese a la ‘Ley Rider’, empresas como Glovo siguen burlando nuestro ordenamiento jurídico, contratando a falsos autónomos, en otros casos subcontratando ilícitamente mano de obra y aplicando en fraude de Ley convenios colectivos de trabajo. La reciente sanción de 79 millones de euros que el Ministerio de Trabajo ha puesto a Glovo, por mantener falsos autónomos en Valencia y Madrid, a los que se suman los 9, 3 millones en Zaragoza, es el camino para hacer entender a las plataformas digitales de reparto que deben cumplir con las leyes españolas.

Fuente: FeSMC UGT Aragon