Informes de auditoria
La Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón (publicada en el Boletín Oficial de Aragón de 10 de abril de 2015 y en el Boletín Oficial del Estado de 14 de mayo de 2015) establece en su artículo 8 punto 1 a) que las organizaciones sindicales son sujetos obligados al cumplimiento de lo regulado en el capítulo II (publicidad activa) de la citada Ley, y entre otras obligaciones de información, señala en su artículo 19 las de carácter financiero, presupuestario y estadístico.
En concreto, en el artículo 19 punto 1 b) se expresa la obligación de hacer pública la información de “las cuentas anuales que deben rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan”.
En este apartado se da cumplimiento a este punto que recoge el Informe de Auditoría externo en el que también están integradas las cuentas anuales (Balance de situación a fecha de cierre de ejercicio, cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio y Memoria).
Las cuentas anuales han sido elaboradas conforme a los principios contables generalmente aceptados y fijados en el Plan General Contable de UGT.
El mismo artículo 19 en su punto 1 d) señala también que deberán hacerse públicas “las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos, puestos de libre designación y personal directivo profesional y personal eventual similar y máximos responsables de la entidad. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo”. Esta información queda contemplada en el correspondiente apartado de cada informe de auditoría de cuentas anuales.
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