Es necesario cumplir las medidas específicas en los sectores con más estrés térmico

Fecha: 11 Ago 2021

Ante la subida de las temperaturas, especialmente a partir de mañana, UGT Aragón advierte de los peligros del calor “extremo” para la salud en trabajos que se desarrollan en condiciones de estrés térmico. El sindicato demanda a las administraciones públicas y la Inspección de Trabajo que extremen la vigilancia en empresas en el cumplimiento de la normativa y los convenios colectivos para evitar riesgos. UGT Aragón apela a medidas tales como reducir el tiempo de las exposiciones al calor, mediante rotaciones, cambios de actividad, el cumplimiento de la jornada intensiva en las actividades al aire libre que lo tengan contemplado en sus convenios colectivos y la especial protección de personas con problemas cardiovasculares, diabetes o hipertensión, así como trabajadoras embarazadas entre otros, por ser colectivos más sensibles a situaciones de calor extremo.

El aumento de la temperatura puede poner en riesgo la salud de las personas trabajadoras. La exposición al calor puede causar efectos de diferente consideración, tales como erupciones en la piel, edema en las extremidades, quemaduras, calambres musculares, deshidratación, agotamiento, etc. Pero, sin duda, el efecto más grave es el golpe de calor que se produce cuando la temperatura corporal supera los 40,6 ºC, pudiendo producir la muerte entre el 15 % y 25 % de los casos.

Hay sectores especialmente vulnerables. Entre las que desarrollan su labor a la intemperie se encuentran la construcción, el mantenimiento de carreteras u obras públicas, las labores forestales, jardinería, la limpieza, o la agricultura, entre otras, pero también las que tienen lugar en espacios cerrados con procesos de trabajo que requieren o producen mucho calor (hornos, fundiciones, cocinas etc.); así como en actividades donde se realiza un esfuerzo físico importante, o donde es preciso llevar equipos de protección individual. En todas ellas se pueden originar riesgos para la salud y seguridad.

Ante la escalada de las temperaturas de los próximos días UGT recuerda que trabajadores y trabajadoras deben ser informadas sobre los riesgos existentes en sus puestos de trabajo, así como de las medidas preventivas que han de aplicarse y que en cualquier caso la Ley de Prevención de Riesgos contempla la posibilidad - cuando el riesgo es grave e inminente para la salud - de “paralizar la actividad Laboral, para lo que es necesario que el Comité de Empresa al completo adopte esta medida por unanimidad.

Por otro lado, el uso de la mascarilla ralentiza y calienta la salida de aire al respirar. Y la sudoración excesiva en ambientes calurosos acorta la vida útil de las mismas ya que al mojarse se, reduce su eficacia. Por este motivo, el sindicato exige que las empresas repongan con mayor frecuencia a las plantillas este elemento obligatorio de protección frente a la pandemia.

Recomendaciones técnicas frente al estrés térmico

Existe una serie de recomendaciones del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene que establecen unas normas técnicas que – previa consulta con los trabajadores y el delegado de prevención, la empresa debe seguir para reducir el riesgo de estrés térmico y el consiguiente golpe de calor.

En caso de que el lugar de trabajo suponga una exposición permanente a temperaturas de 34-35º o más es necesario:

  • Reducir las exposiciones prolongadas, mediante rotaciones, cambios de actividad, etc.
  • Seguir un proceso de aclimatación con exposiciones inferiores frente al resto de la plantilla como las personas mayores de 50 años, aquellas que padecen enfermedades cardiovasculares o las trabajadoras embarazadas, por ser colectivos más sensibles.
  • El ritmo y la organización del trabajo deben permitir – sin penalización en la productividad medida – beber agua cada 15-20 minutos. Se deben evitar las bebidas que aumentan la sudoración (por ejemplo, las que tienen cafeína).
  • En caso de trabajo a la intemperie, el cubre-cabezas y las cremas de protección han de ser facilitadas por el empresario y realizar descansos a la sombra. 
  • Establecer pausas periódicas en caso de que no se pueda atemperar la exposición mediante la climatización o las medidas anteriores, y que las pausas sean frecuentes en las horas del mediodía.

Una vez tomadas estas medidas, y otras equivalentes, se ha de evaluar el riesgo de estrés térmico por calor si se aprecia que éste no ha sido reducido lo suficiente.

Fuente: UGT Aragón