Ventajas y cuotas
¿Qué ventajas supone afiliarse a UGT?
Las ventajas de estar afiliado/a a un sindicato organizado y estructurado, como UGT, son numerosas:
Información y asesoramiento permanente
- Gabinetes Jurídicos Especializados (abogados/as laboralistas, etc.)
 - Contratación, salarios, vacaciones, nóminas, jornadas, convenios colectivos, liquidaciones, finiquitos, jubilaciones, pensiones, Seguridad Social, despidos, etc.
 - Expedientes de regulación
 - Protección por desempleo
 - Prevención de riesgos laborales
 - Formación continua adaptada a los puestos de trabajo
 - Formación sindical específica a los delegados/as de personal, miembros de comités y delegados/as de salud laboral
 
Otros servicios
- Vacaciones, viajes y hoteles
 - Ocio: tiempo libre
 - Establecimientos concertados
 - Seguro de Accidentes en caso de muerte, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT
 
Cuantía de las cuotas de afiliación a UGT para el año 2025
Cuota Básica Confederal
        15.00
      
                
            euros mensuales
      
            La Cuota Ordinaria, cuyos tipos y cuantía establecen en su Congreso Federal las Federaciones Estatales, deben respetar un mínimo igual a la Cuota Básica Confederal.
      
Cuota Reducida (tipo B)
        10.50
      
                
            euros mensuales
      
            La Cuota Reducida se aplicará a los afiliados cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas del trabajo o protección por desempleo sean iguales o inferiores en cómputo anual a 14.000 €.
      
Cuotas Especiales para UPA y UPTA
        5.25
      
                
            euros mensuales
      
            Se aplicará a sus afiliados y afiliadas
      
Cuotas Especiales para jubilados (tipo C)
        7.50
      
                
            euros mensuales
      
            Se aplicará a las personas adscritas de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean superiores a la cantidad de 7.000 €.
      
Cuotas Especial asalariados (tipo D)
        4.50
      
                
            euros mensuales
      
            Se aplicará a los afiliados y afiliadas cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas de trabajo sean iguales o inferiores a 7.000 €.
      
Cuotas Especial parados (tipo D)
        4.50
      
                
            euros mensuales
      
            Se aplicará a los afiliados y afiliadas que se encuentren en situación de paro y carezcan de ingresos o prestaciones.
      
Cuotas Especial de jubilados y pensionistas (tipo D)
        4.50
      
                
            euros mensuales
      
            Se aplicará a las personas adscritas de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean iguales o inferiores a la cantidad de 7.000 €.
      
Cuotas Especial estudiantes (tipo E)
        1.00
      
                
            euros mensuales
      
            Se aplicará a estudiantes menores de 25 años y que no tengan ningún tipo de ingresos.